Bruselas pide por segunda vez a España que elimine las restricciones legislativas para el establecimiento de farmacias amenazándola con llevarla a los Tribunales, si no lo hace en dos meses porque vulnera los principios de libertad de establecimiento. http://elmundosalud.elmundo.es/elmundosalud/2006/06/28/industria/1151494052.html. Esta noticia llena de incertidumbre las transmisiones de farmacias, ¿ustedes, como especialistas jurídicos, me pueden informar si España debe obligatoriamente adecuarse a esta solicitud de la Comisión Europea?. ¿Es de obligado cumplimiento por los estados a los que les han abierto un procedimiento de infracción como España e Italia? Si añadimos que hace un mes escaso Portugal aperturó su sistema de ordenación farmacéutica permitiendo que la titularidad sea de no farmacéuticos y las cadenas de 4 farmacias ¿Es factible que en breve veamos un cambio en la ordenación farmacéutica española teniéndose que parecer a la Navarra y que por ende los precios de las farmacias caigan notablemente como sucedió allí? Les agradezco su respuesta, que será sin duda muy aclaratoria frente a la incertidumbre que seguramente muchos farmacéuticos que estamos buscando una farmacia tenemos en la actualidad por esta noticia.

Para dar una respuesta precisa a su pregunta vamos a tratar de separar lo que son titulares de prensa más o menos interesados de lo que es propiamente la noticia.

La información que disponemos dice exactamente que «La Comisión Europea elevó ayer a la condición de Dictamen Motivado el cuestionamiento que efectúa de las condiciones fijadas en España para la instalación de farmacias y exigió su adecuación a Derecho comunitario en dos meses, bajo la amenaza de recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea».

Nos resulta muy curioso que el mismo día salga la noticia en al menos 7 periódicos españoles con una interpretación exacta y con unos argumentos literalmente replicados. Parece que el mismo periodista ha trabajado en todos los periódicos pero con diferente nombre…

Pero analicémoslo con orden:

Si lo valoramos desde un punto de vista jurídico: ¿Qué es un DICTAMEN MOTIVADO?

La emisión de dichos dictámenes viene recogida en el Artículo 226 del Tratado CE «Si la Comisión estimare que un Estado miembro ha incumplido una de las obligaciones que le incumben en virtud del presente Tratado, emitirá un dictamen motivado al respecto, después de haber ofrecido a dicho Estado la posibilidad de presentar sus observaciones.Si el Estado de que se trate no se atuviere a este dictamen en el plazo determinado por la Comisión, ésta podrá recurrir al Tribunal de Justicia.»

No obstante, el Tribunal de Justicia de la CE en el Asunto C-191/95,( Comisión/Alemania, sentencia del Tribunal de Justicia de 29 de septiembre de 1998) señaló que la emisión de un dictamen motivado, se trata de un procedimiento previo que no produce ningún efecto jurídico vinculante frente al destinatario del dictamen motivado. La Comisión no tiene la facultad de determinar de manera definitiva, mediante dictámenes motivados, los derechos y las obligaciones de un Estado miembro, Por consiguiente, el dictamen motivado sólo produce efectos jurídicos en relación con la interposición del recurso de incumplimiento ante el Tribunal de Justicia, mientras que, por lo demás, si el Estado no se atiene a ese dictamen en el plazo señalado, la Comisión está facultada, pero no obligada, a someter el asunto al Tribunal de Justicia.

En cuanto al fondo del asunto, en España tenemos un modelo farmacéutico mediterráneo, alabado por organizaciones gubernamentales y organismos profesionales europeos como contesta el Presidente del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, Alberto García Romero, siendo «el mejor modelo asistencial farmacéutico al ciudadano?. Esto es cierto y lo podemos afirmar al comprobar, como expresa el Presidente del Consejo General de Farmacéuticos, Pedro Capilla, que el 99% de la población tiene una farmacia donde vive. Además las restricciones en cuanto a distancias para poner una farmacia son de las más bajas de Europa. Incluso Portugal, cuyo Presidente está actuando por enemistad con representantes del colectivo, está modificando la distancia reduciéndola a ¡ 350 metros ! (Cuando en España estamos en 250 metros). Y si el análisis lo hacemos por población, España tiene el nivel mínimo de Europa con poco más de 2000 habitantes por farmacia, lo que representa la mayor densidad de farmacias de la CE para garantizar el mejor servicio.

Cuando vemos estos datos y el periodista mete en el grupo acusado a «Italia, Austria y España» todavía entendemos menos. ¿Por qué se han dejado por el camino a Francia, Holanda incluso Portugal a pesar de su actual modificación? Y ya no hablemos de Alemania, que tiene similar número de farmacias que España, pero para el doble de población. Sigue siendo curioso que no hablen de ellos.

Leyendo con más detalle el artículo, expresa literalmente «La Comisión cuestiona la prohibición de que las empresas que tienen una actividad de distribución de medicamentos (o están vinculadas a empresas que tienen esa actividad) adquieran una participación en el capital de empresas farmacéuticas privadas o boticas municipales.» Aquí parece expresar con más claridad quién puede tener interés y lo materializa. Al parecer no se trata de que haya más farmacias, ni de ratios de población ni de distancias, sino de que una distribuidora farmacéutica pueda comprar farmacias o boticas municipales, que según mis conocimientos sólo existen en Italia. Ya son demasiadas pistas.

No obstante, una vez visto lo anterior ¿podríamos considerar que no habrá cambios en el futuro?

Pensamos que sí habrá cambios, y fundamentalmente debidos al incremento en el gasto sanitario por el que atraviesan las economías Europeas y que nos llevarán a que los gobiernos actuarán con políticas de contención, y las principales medidas que pensamos que pueden tomar irán en la línea de la reducción de los márgenes de gestión del sector farmacéutico, y en concreto de la oficina de farmacia. Pero esto no es nuevo; es lo que se ha venido aplicando durante los últimos 10 años, período en el que hemos visto reducir el margen en tres ocasiones diferentes, lo que nos ayuda a prever que durante los próximos 10 años nos volverán a tocar los márgenes posiblemente tres veces más. Además este supuesto se hace más factible al comprobar que la farmacia Española todavía tiene un margen en los productos superior a algunos países.

Para compensar esta posible reducción de márgenes también hemos de decir que la farmacia Española es una de las menos «trabajada» desde un punto de vista comercial, lo que nos hace considerar que hay grandes recorridos de mejora en la gestión de las oficinas que compensarán con creces las posibles reducciones con carácter general en el gestión. Para ello las nuevas generaciones de propietarios deberán evolucionar desde la dispensación del medicamento hasta la gestión de una empresa, con lo que eso significa en cuanto a formación.

Por último no debemos olvidar que en España hay un marco regulatorio diferente y muy reciente en cada una de las comunidades autónomas, las cuales tienen capacidad para ello, y además en estos días se encuentra la nueva Ley del Medicamento en la última fase de tramitación ante las Cortes Generales, ley que por otra parte ha sido ampliamente discutida por todas las instancias y que no hace sino ratificar y dar solidez de nuevo al modelo farmacéutico mediterráneo. No sería de extrañar que esta noticia fuera un último empujón para impedir la promulgación de la ley en la fase final.

No hemos entrado a discutir la posibilidad de que llegue a permitirse la propiedad de farmacia a personas o profesionales no farmacéuticos; sin embargo aún considerando que ese factor pudiera introducir algún mínimo elemento de competencia para algunas farmacias de carácter urbano, pensamos que no afectaría en el medio plazo al valor patrimonial del farmacéutico, pues no haría sino aumentar la demanda para ese tipo de negocio.

Esperamos haber podido transmitir con sencillez nuestra visión respecto al futuro de la farmacia y de sus propietarios. De hecho, siempre podemos recurrir a una comparativa con cualquier otro sector, lo cual no hace sino reforzar nuestra visión positiva respecto al mismo.

Sentimos la extensión de la respuesta, pero consideramos que su inquietud bien lo merece.

Alfredo Alonso Quintana

Director General

Farmaconsulting Transacciones , S.L.

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