¿Cuál es el porcentaje de amortización del fondo de comercio y durante cuantos años?

El fondo de comercio se amortiza, en principio, en un plazo de 20 años y, por lo tanto, la deducción máxima anual sería de un 5 por ciento, siempre que se cumplan los requisitos del artículo 12.6 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, entre los que destaca que la oficina de farmacia se haya adquirido en virtud de una adquisición a título oneroso.
No obstante lo anterior, si el titular se acoge a los incentivos previstos para las empresas de reducida dimensión (aquellas que su volumen neto de cifra de negocios correspondiente al periodo impositivo inmediatamente anterior sea inferior a 8 millones de euros), podrá multiplicar por 1,5 ese coeficiente y así amortizar la oficina de farmacia en un 7,5 por ciento anual, en 13,33 años, tal y como dispone el artículo 111.5 de la Ley del Impuesto

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