He oído que puede incrementarse el tipo de IRPF en la transmisión de oficinas de farmacia desde enero de 2010. Es probable que tenga un contrato privado de compraventa firmado próximamente, pero entonces estaremos pendientes del permiso administrativo, que podría llegar para primeros de año. ¿Podría tener alguna utilidad frente a Hacienda la fecha del contrato de compraventa, si se firma en 2009?

El momento que va a fijar qué norma es aplicable, es el de efectiva entrega de la oficina de farmacia, para lo cual, en su comunidad, ha de formalizar previamente la escritura pública, hecho, a su vez, que no podrá darse sin el previo permiso administrativo.

Por lo tanto, en el caso de que usted no pueda formalizar su escritura de compraventa en este ejercicio, la tributación en IRPF habrá de practicarse conforme a la normativa vigente en 2010.

Aunque en ocasiones análogas, la Administración ha sido considerada con esta circunstancia, la del incremento en el tipo impositivo, y ha acelerado notablemente la tramitación de los expedientes, le recomendamos que revise meticulosamente la tramitación, en concreto en lo que se refiere a eventuales modificaciones que pudieran haberse producido en la configuración del local y no han sido comunicadas debidamente a la consejería correspondiente, puesto que este tipo de errores son los que más frecuentemente retrasan la tramitación de los permisos.

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