Mi farmacia tiene horario ampliado de lunes a sábado de 9.30 a 21.30 horas, y quisiera abrir también con el mismo horario, domingos y festivos. ¿tengo que realizar algún tramite?

El horario que mantiene se corresponde con el» Módulo A», previsto por el Decreto 259/2001, de 15 de noviembre, por el que se establecen los horarios de atención al público, servicios de guardia y vacaciones de las oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid, que prevé también un Módulo A ampliado a domingos y festivos, que sería el que a usted le interesa.

Tenga en cuenta que habrá de comunicar este nuevo módulo a la Consejería de Sanidad, a través del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, antes del 1 de octubre, podrá aplicarlo sólo a partir del 1 de enero de 2012 y deberá mantener ese horario durante un año. Cualquier variación que se pretenda realizar sobre el horario ampliado habrá de comunicarse conforme acabamos de comentar, pues de lo contrario, se entenderá que se mantiene el horario comunicado con anterioridad, por igual período de un año.

Además, le recordamos que en dicha comunicación habrá de hacer constar el número de farmacéuticos que además del titular ejercerán como adjuntos en la oficina de farmacia.

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