Trabajo en 2 oficinas de farmacia, en una de ellas a jornada completa en horario nocturno y en otra a media jornada por las tardes. Respecto a la baremación de la experiencia laboral de cara a la concesión de oficinas de farmacia, me pregunto si trabajando en dos farmacias la experiencia laboral se incrementa con respecto a trabajar en una sola.

Sin perjuicio de que sea preciso atender a las condiciones concretas establecidas en cada convocatoria, la SAN/1993/ 2004 en Castilla y León, por la que se establecen los criterios de seleccion aplicables en los procedimientos de autorización de nuevas oficinas de farmacia en Castilla y León, concreta en el punto 3 de su artículo 2, que la valoración del ejercicio profesional se corresponderá con la jornada laboral completa. Para los supuestos de jornada no completa se calculará la parte proporcional resultante. Se entiende por jornada laboral completa la de 40 horas semanales o la que figure en el Convenio.
En el caso de ejercicio profesional en más de una actividad profesional, en todo caso compatibles entre sí, sólo se computará aquél de puntuación más alta entre los que se hubiesen desarrollado simultáneamente.
En su caso, entendemos que se trata de actividades simultáneas y, por lo tanto, habrá de utilizar preferentemente los méritos obtenidos como consecuencia de su contrato a jornada completa.

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