El cambio de los márgenes comerciales primará a las pequeñas farmacias

Fuente: http://www.salamanca24horas.com/

La compensación podrá alcanzar hasta los 10.000 euros anuales y persigue garantizar la prestación a la población de municipios pequeños y aislados.

Entre el diez y el quince por ciento de las farmacias de Castilla y León podrá incrementar su rentabilidad con la modificación del sistema de márgenes de las oficinas de farmacia aprobado por el Gobierno central en agosto y que entrará en vigor en enero. En concreto, la medida pretende compensar a los establecimientos más pequeños y a los ubicados en pequeños núcleos de población, aislados y socialmente deprimidos, es decir, garantizar su viabilidad y, así, preservar la prestación de este servicio esencial para la población.

La medida, que deriva del Real Decreto 1193/2011, de 19 de agosto, consiste en la introducción de un índice sobre la escala de deducciones y/o incrementos aplicables a la facturación mensual de cada oficina de farmacia con cargo a fondos públicos de los servicios de salud. En estos momentos, se les aplica una escala de deducciones en su facturación mensual, en función de su volumen de ventas, similar al del IRPF. Esta escala oscila entre un 7,8 por ciento, para las facturaciones a partir de los 37.500 euros, y el 20 por ciento, a partir de 600.000 euros.

A partir de enero, el índice se aplicará mensualmente a las farmacias con facturación inferior a 12.500 euros, y será inversamente proporcional a lo facturado, de manera que puede alcanzar un incremento máximo de margen de 833,33 euros mensuales, de 10.000 euros anuales, para las de menor facturación.

Requisitos

La determinación de a qué oficinas de farmacia afectará, así como el procedimiento y la gestión de las compensaciones corresponde a cada comunidad autónoma. En el caso de Castilla y León, según fuentes de la Consejería, las deducciones se aplicarán a farmacias más pequeñas y aisladas, siempre y cuando se encuentren en núcleos aislados de población o socialmente deprimidos; que sus ventas totales sean inferiores a 200.000 euros; que hayan permanecido abiertas al menos once meses el año anterior; que no hayan recibido una sanción administrativa o inhabilitación profesional, y que participen en los programas de atención farmacéutica y actividades destinadas al uso racional de los medicamentos.

Temas > Actualidad, Sector farmacéutico


TAMBIÉN LE PUEDEN INTERESAR ESTAS OTRAS NOTICIAS Y ARTÍCULOS