Luxemburgo: planificación y baremos, siguientes pasos

La vista sobre la cuestión prejudicial asturiana es la siguiente cita en el Tribunal. Podría ser pospuesta hasta que se conozca la sentencia sobre el ‘caso italiano’.

La cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias ante Luxemburgo, que pone en cuestión los criterios de planificación y los baremos establecidos en la convocatoria de 2000 para autorización de nuevas oficinas de farmacia, será la próxima batalla por el modelo español.

El posicionamiento del abogado general del Tribunal de Luxemburgo Yves Bot acerca de la necesidad de mantener la propiedad exclusivamente en manos de los farmacéuticos, para garantizar de esta forma ‘un nivel elevado de protección de la salud pública’, ha sido un primer paso en la disputa acerca de la liberalización de los modelos farmacéuticos europeos que enfrenta a la Comisión Europea y a varios Estados miembro. Una primera batalla, de la que aún queda por saber la decisión final que adopte el Tribunal, a la que seguirán otras muchas derivadas de los contenciosos que mantiene la Comisión contra algunos países por este tema.

En este sentido, cabe destacar un asunto que, esta vez sí, afecta de manera directa a nuestro país: la cuestión prejudicial asturiana. Si bien el binomio propiedad-titularidad podría solventarse en el caso de que el Tribunal de Luxemburgo siga las tesis del abogado general, algo que sucede en el 80 por ciento de los casos que se dirimen en esta instancia judicial, la cuestión prejudicial asturiana pone en cuestión otros dos asuntos que afectan al modelo español de farmacia: la planificación y los baremos.

Respecto a la planificación, la opinión emitida por Bot en el informe sobre el ‘caso italiano’ parece despejar las dudas que en la cuestión prejudicial asturiana se ponen sobre la mesa. Así, una vez que el abogado general se ha pronunciado a favor de que sean los Estados miembro los que decidan ‘qué nivel de protección de la salud pretenden asegurar y de qué manera deben alcanzarse esos niveles’, máxime cuando dentro de la UE no existe un modelo farmacéutico único, parece que la planificación farmacéutica cuenta con argumentos suficientes para que permanezca tal y como está.

Otra cosa diferente es el tema de los baremos, puestos en cuestión en la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) acerca de la posibilidad de que las bases de la convocatoria de 2002 para la autorización de nuevas oficinas de farmacia en el Principado de Asturias pudiesen chocar con el artículo 43 del Tratado de la CE, el relativo a la libertad de establecimiento. Sobre este aspecto, puesto en cuestión por los propios farmacéuticos defensores del modelo, tal y como ha manifestado en numerosas ocasiones la presidenta de FEFE, Isabel Vallejo, podría ser que el Tribunal sí apreciase elementos discriminatorios no fundamentados en criterios de defensa de la salud pública.

Una vez que ha salido a la luz pública el informe de Bot, el próximo paso en el Tribunal de Luxemburgo será dilucidar esta cuestión prejudicial, para la que ya se solicitó la celebración de una vista oral, aunque aún no ha sido señalada una fecha. A este respecto, fuentes consultadas por EG señalaron que, a pesar de que todo indicaba que ésta se produciría a principios de año, podría darse la circunstancia de que se esperase hasta conocer la sentencia del Tribunal sobre el ‘caso italiano’.

Esta espera estaría justificada al poder afectar la decisión a una de las cuestiones que aquí se dirimen: la planificación. Y es que, de la sentencia sobre el ‘caso italiano’ dependen muchos otros asuntos. Entre ellos, los dictámenes abiertos contra varios Estados miembro por cuestiones similares y los que la Comisión ha abierto recientemente contra Italia y Portugal en relación a la multipropiedad.

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