Luxemburgo respalda que la propiedad quede en manos de los farmacéuticos

El abogado general cree que esta restricción está justificada con el objetivo de garantizar la protección de la salud pública El Tribunal de Luxemburgo sigue en un 80% de los casos la línea que marca el abogado general.

El abogado general del Tribunal de Justicia de Luxemburgo Yves Bot ha vuelto a manifestarse en contra de los deseos de la Comisión Europea por liberalizar el sector farmacéutico europeo. El informe de conclusiones de Bot acerca del denominado ‘caso italiano’, en el que se juzga si la legislación de este país infringe los preceptos comunitarios recogidos en los artículos 43 y 48 del Tratado de la CE y la cuestión prejudicial sobre la autorización a DocMorris de explotar en Alemania una farmacia como sucursal, ambos relativos a la libertad de establecimiento, ha sido demoledor contra las posiciones de la Comisión: ‘la tenencia y explotación de una farmacia puede reservarse exclusivamente a los farmacéuticos’.

El informe de conclusiones del abogado general, que suele ser seguido por el Tribunal en el 80 por ciento de los casos, desestimó el recurso interpuesto contra Italia el estimar que las medidas que recoge la legislación de este país en materia farmacéutica, la reserva de la propiedad en exclusiva de las oficinas de farmacia para los farmacéuticos, no infringen el derecho comunitario. Así, Bot manifiesta que los Estados miembro pueden ‘decidir qué nivel de protección de salud pública pretende asegurar y de qué manera debe alcanzarse este nivel’.

Para el abogado general, el hecho de que la legislación italiana reserve la propiedad de las boticas a los farmacéuticos es apropiado para ‘garantizar un abastecimiento adecuado de medicamentos a la población con suficientes garantías en materia de calidad y variedad’.

Asimismo, Bot resalta que ‘la calidad del acto de dispensación de los medicamentos está estrechamente ligada a la independencia que debe mostrar un farmacéutico en el ejercicio de su función’. Por este motivo, estima que tanto los legisladores italianos como los alemanes han querido garantizar con estas restricciones la independencia de los farmacéuticos ‘haciendo la estructura económica de las farmacias impenetrable para las influencias externas, procedentes por ejemplo de los fabricantes de medicamentos o de los mayoristas’.

En este sentido, Bot manifiesta que establecer un régimen de responsabilidad para los explotadores no farmacéuticos o farmacéuticos por cuenta ajena ‘no es suficiente para garantizar un nivel de protección de la salud pública’ igual de elevado que si se reserva la propiedad al farmacéutico, ‘ya que se trata principalmente de medidas destinadas a corregir a posteriori los excesos cuando éstos se hayan producido efectivamente’.

Motivos todos ellos por los que Bot considera en su escrito de conclusiones que el hecho de exigir que sea el farmacéutico el que tenga el control económico de la farmacia ‘es conforme con las disposiciones del Tratado relativas a la libertad de establecimiento’.

Una vez presentado este informe, deberá ser ahora el Tribunal de Justicia quien dicte sentencia en los próximos meses. Una sentencia que cobra especial relevancia para España, ya que sobre nuestro país pesa un dictamen motivado por parte de la Comisión en el que, como en el caso de Italia, pone en cuestión nuestra legislación farmacéutica por reservar la propiedad de las farmacias a los farmacéuticos.

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