SEMERGEN emite un comunicado sobre la libertad de prescripción

La Junta Directiva Nacional de la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (SEMERGEN) ha hecho público un comunicado para expresar su postura «ante la situación que en temas de política farmacéutica se está produciendo en varias comunidades autónomas, donde se está generando una limitación del vademécum de productos farmacoterapéuticos, o la implementación de determinadas estrategias de contención del gasto en farmacia, que no tienen en cuenta el ejercicio de los profesionales médicos´´.

En su comunicado SEMERGEN expone que «desde la lealtad institucional, siempre fomentará e incentivará en todos sus asociados las políticas de sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, respetando y promocionando la ética y los criterios de evidencia científica, que siempre deben regir cualquier acto médico», y recuerda que «el derecho a la libertad profesional conlleva la responsabilidad de la autorregulación de la conducta y actividad médicas´´. En opinión de SEMERGEN, «tener conciencia del gasto sanitario es un elemento esencial de dicha autorregulación, estando los médicos especialmente cualificados para tomar decisiones tendentes a asumir el control, lo cual, en medida alguna, debe ser utilizado como pretexto para negar a los pacientes los servicios que necesiten. Responsabilizarse de este autocontrol asegura el derecho del médico a tratar a sus pacientes sin interferencias en su ejercicio profesional´´.

SEMERGEN recuerda «que el ejercicio de la profesión médica se debe llevar a cabo con plena autonomía científico-técnica (artículo 4.7 de la LOPS -2003-), garantizando a los pacientes que el médico al que consulten tenga independencia moral y técnica, así como libertad en la prescripción (Declaración de Nuremberg y de Lisboa)´´. Por todo ello, considera que «el médico debe disponer de libertad de prescripción y de las condiciones técnicas que le permitan actuar con independencia y garantía de calidad» y defiende que «en caso de que no se cumplan estas condiciones, debería informar de ello al órgano gestor de la asistencia y al paciente (artículo 20 del Código de Ética y Deontología de la OMC)´´.

Basándose en estos argumentos, SEMERGEN insta «a las Administraciones Públicas a incrementar el diálogo con los profesionales sanitarios y al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, a liderar un proceso de diálogo y consenso con las comunidades autónomas y las organizaciones profesionales, para consensuar cuantas medidas afecten en este sentido a la sostenibilidad del sistema sanitario y a la libertad de prescripción farmacoterapéutica´´.

Temas > Actualidad, Sector farmacéutico


TAMBIÉN LE PUEDEN INTERESAR ESTAS OTRAS NOTICIAS Y ARTÍCULOS